Conforme a los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano HÉCTOR JOSE ANGULO REBOLLEDO; Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-22.283.329, en contra de la Providencia Administrativa Nº 047/2022, correspondiente al expediente administrativo signado con el número 036-2022-01-00064, de fecha veintiséis (26) de mayo del año 2022, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS, mediante el cual declaro Con lugar la Solicitud de Autorización de Despido incoado por la entidad de trabajo DESARROLLOS TURÍSTICOS 22 S.C.S., contra el ciudadano HÉCTOR JOSE ANGULO REBOLLEDO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-22......