-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESION FICTA de la parte demandada ciudadano ALI JOSE BRICEÑO ALTUVE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.469.843.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO intentara la ciudadana HIPOLITA FIGUEROA DE ÑAÑEZ, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de Identidad N° V-6.018.797 contra el ciudadano ALI JOSE BRICEÑO ALTUVE, plenamente identificado al comienzo de este fallo.
TERCERO: se DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO, el instrumento que se acompañó como documento fundamental de la presente acción, así como las firmas contenidas en el mismo y que se encuentra agrega.....