Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, la solicitud interpuesta por el ciudadano Abg. Armando Guiñan García Defensor Publico Duodécimo Penal Ordinario en Fase de Ejecución del estado Vargas, actuando en su carácter de defensor del ciudadano penado CARLOS EDUARDO BLANCO MARIN, quien dijo se de nacionalidad venezolana, nacido en Caracas, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.272.532, plenamente identificado en autos, en el sentido que este despacho autorice el Permiso Especial por un lapso de cinco meses para un total de (146 días) para ausentarse preventivamente de su centro de pernocta actual "Dra. Elena Aray en el paraíso Caracas," solicitado por el penado de marras, así mismo de este Tribunal que requirió penado de auto, que una vez realiz.....