Se declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por REIVINDICACIÓN incoada por el ciudadano OSCAR ROMERO MUJICA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V.-806.469, contra las ciudadanas MARÍA TERESA DÍAZ DE BARITTO y ROSA MERCEDES DIAZ DE PARRA, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V.-641.344 y V-4.117.485, quienes deben restituir al actor el lote de terreno, y también las bienhechurías construidas sobre el lote de terreno que se encuentra ubicado entre la calle nueva cruce con bajada del cementerio, de la Parroquia Carayaca, Estado Vargas, cuyos linderos y medidas particulares son las siguientes: NORTE: En una línea quebrada de dos segmentos de 11,70 mts y 3,70 mts respectivamente con la Calle Nueva; ESTE: En una línea quebrada de dos segmentos de 7,10 mts y 13,70 mts, respectivamente con la calle bajada del cementerio; SUR: En una línea recta de 11,40 mts, con terreno propiedad del Centro Simón Bolívar, C.A.....