Por lo antes expuesto, este tribunal tomando en cuenta que el ciudadano JESÚS ANTONIO SÁNCHEZ CHACÓN, se encuentra postrado en una cama en virtud de una incapacidad física lo que lo hacen totalmente dependiente en la atención de todas sus funciones vitales, por lo que amerita cuidados especiales en cuanto a su alimentación, gastos médicos y atención con personal especializado, tal como está evidenciado en autos, tanto en el informe presentado por las facultativas designadas como al momento de realizar la entrevista, considera que están llenos los extremos de Ley, motivo por el cual en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana YELITZE COLMENARES, ya identificada, para que proceda a vender los derechos que posee el ciudadano JESÚS ANTONIO SÁNCHEZ CHACÓN, sobre un lote de terreno propio con un área total de ciento cuarenta y cuatro metros con noventa y nueve centímetros (144,99 M), aproximadamente, que fo.....