DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Se ACUERDA la medida cautelar innominada solicitada.
SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA PROVISIONAL CAUTELAR de carácter provisorio y temporal, en la Solicitud de Amparo Constitucional signada en este Juzgado bajo el Nº 8017 incoada por la accionante Ciudadana MARÍA EUGENIA PULIDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.020.697, hábil y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio Víctor Armando Pulido, venezolano, mayor de edad, hábil, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.309.796, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 81.918, contra el Mandamiento de Ejecución Forzada decretado por el Juzgado Tercero de l.....