PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: La falta de cualidad pasiva de la co-demandada, ciudadana MARINA DEL CARMEN ORTIZ DE HEVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.350.370, con domicilio en calle principal casa Nro. 26, Urbanización Villa Clara, Sector las Vegas de Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el convenimiento realizado por el ciudadano JOSÉ ALIRIO HEVIA LUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.220.512, con domicilio en calle principal casa Nro. 26, Urbanización Villa Clara, Sector las .....