SE DECLARA: UNICO: INADMISIBLE la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS ( Derivados de Accidente de Tránsito), incoada por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO ASCENCAO FARIA, JOAO FREITAS DE SOUSA y CECILIO PINTO GONCALVEZ, en su carácter de Director General de la sociedad mercantil "CARNICERÍA, PESCADERÍA, CHARCUTERÍA Y FRUTERÍA LOS CALAMARES, C.A., contra el ciudadano MIGUEL ANTONIO RUIZ CANELON, supra identificado. Así se decide.