Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora EDUARDO DAVID PEREZ MANRIQUE, titular de la cédula de identidad Nº V-16.855.981, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 240-2015, de fecha 22 de mayo del año 2015, emanado de la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas en el procedimiento de calificación de despido seguido en el expediente N° 036-2014-01-00914 SEGUNDO CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de tercero interviniente ASOCIACION CIVIL CLUB BALNEARIO "LA RIBERA DE PLAYA; TERCERO: se REVOCA la sentencia de fecha 08 de agosto de 2017, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Ci.....