UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a los ciudadanos JOSE ELIAS SANCHEZ HERRERA y HENRY ALEJANDRO SANCHEZ HERRERA, venezolanos, mayores de edad y titular de cedula de Identidad Nros° V-16.330.067 y V-13.563.681, respectivamente, respecto a la De-Cujus SCARLETT XIOMARA HERRERA, ex titular de la cédula de identidad N°V-5.429.860. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-