REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (05) de Febrero del año dos mil siete (2007).-
196° y 147°
Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el ciudadano: JOSE ANTONIO ALESSON ACOSTA, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.686.819 y visto como ha sido el original del documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Publico del Estado Vargas, de fecha 22 de mayo de 2003, bajo el N° 35, tomo 6, protocolo primero, del cual se desprende que el solicitante es el propietario del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurìas objeto de la presente solicitud, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante de conformidad con.....