Instruida como ha sido la presente solicitud y tomada las declaraciones a los testigos ciudadanos: YETZILETH LIDUVINA ROJAS ESCALONA Y MARIA ESMERALDA ESCALONA, presentados por el (la) (los) (las) ciudadana (o) (s): CARMEN ELENA TORRES DE CASTILLO, las cuales manifestaron en sus declaraciones que los ciudadanos: NANCY JULIETA, MARTHA ROSALIA, JOSE LUIS, MAURO ARQUINIDES, ARACELIS MARIA y CARMEN ELISA, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de LUIS CASTILLO, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda entregar la misma al solicitante. - Cúmplase.-