Este Tribunal Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el profesional del derecho JESUS RAMON CARRILLO DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.735, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos: JESUS ARGENIS ACOSTA ALEMÁN y ELISA JOSEFINA SOLOGNIER DE ACOSTA, en sus caracteres de accionistas y director en la sociedad mercantil "J.C. Ground Support Aviation C.A.", contra el auto dictado por el A Quo en fecha 12 de diciembre de 2017, y que ordena oír la apelación en un solo efecto a tenor de lo previsto en el artículo 291 del Código de Comercio. Así se establece.