DECLARA INADMISIBLE sobre la base de la falta de cualidad o legitimación, la solicitud de inspección judicial formulada el día 05/12/2019, por la ciudadana MARIA LISMAR MEDINA RUBIO, con cédula de identidad N° V-16.125.941; solicitud que tenía por objeto la evacuación de la inspección judicial en el inmueble ubicado en la carrera 4 entre calles 15 y 16, casa N° 76-29, Barrio Sucre, Santa Ana, Municipio Córdoba del estado Táchira.