Se declaró: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto a la De-cujus CARMEN DARIA SOJO DE RAMIREZ, quien falleció en fecha 13 de Junio de 2002, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-1.451.704, y el De-cujus JORGE DE JESUS RAMIREZ MORENO quien falleció en fecha 09 Junio de 2004, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-1.534.531, a los ciudadanos BELKIS EDITH RAMIREZ SOJO y FRANKLYN JESUS RAMIREZ SOJO, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.478.353 y V-6.494.090 respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros.