Se decreta TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana ISABEL CRISTINA VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.890.366, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Bienhechurías que corre a los autos, constituida por una casa, ubicada en segundo puente del Sector Ezequiel Zamora Barrio Vía Eterna, Segundo Puente, Casa N° 10, Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas, del estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.