Primero: AUTORIZA LA DESTRUCCIÓN Y/O INCINERACIÓN de la cantidad de SIETE (07) GRAMOS CON DOS (02) MILIGRAMOS, de MARIHUANA (Cannabis sativa L.), de la muestra objeto de la presente experticia, por parte del Ministerio Público de la droga sobrante incautada en la causa Nº 3C-2863/2010, Caso Nro. 20-F19-0140/10, seguida en contra de los adolescentes (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA)Y (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), en procedimiento efectuado en fecha 21/04/2010, lo cual consta según Dictamen Pericial Botánico Nº CO-LC-LR1-DB-2010/1234 y que se encuentra en la Sala de Evidencias del Destacamento de Seguridad Urbana del Comando Regional Nro. 1, con precinto Nro. CO-LC-DIR-PO-20.....