este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara improcedente la extensión de la obligación patrimonial de la empresa Transporte Caro-Coni C.A., hacia los Ciudadanos MANUEL SALVADOR RAMIREZ, MORAIMA CAIROS FERNANDEZ, JOSE CAIROS CURBELO Y MARTÍN CAIROS FERNÁNDEZ.