DECLARA: Negada la solicitud de homologación al desistimiento de fecha 29 de Septiembre de 2004, inserto al folio 51, hecho por el Abogado JOSE PADRON, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, por cuanto no se le dio cumplimiento a los extremos legales dispuestos en el invocado Artículo 154 del Código de Procedimiento Civil.