DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento ABREVIADO contemplado en el artículo 248 y el Ordinal 1º del Artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano JEAN CARLOS MARQUEZ GARCIA, titular de la Cedula de Identidad N° 18.072.931, de nacionalidad venezolano, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido el 10-02-1987, de 20 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio : Encargado de un Cyber, hijo de Milagros García (V) y Reyes Márquez , residenciado en: el Barrio Sucre, Calle N° 4, cerca de la Escuela Doctor Miguel Orange, Guanare, Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación co.....