Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana LEUDYS ARACELYS GOYO GIL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 17.155.711, debidamente asistida por el Abogado ROOMER A. ROJAS LA SALVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.438, y el croquis de las bienhechurías anexo al mismo, éste Tribunal la admite. En consecuencia, ordena expedir por secretaría copia certificada de la solicitud y remítase mediante oficio a la Dirección de Catastro Municipal del Estado Vargas, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal a la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir el Título Supletorio, pertenece al Municipio Vargas y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento.