Celebrada como ha sido la Audiencia de Medida de Aseguramiento, hoy 05 de Diciembre del año 2.005, presentes las partes: La ciudadana Juez, Abogada Dilia Erundina Daza Ramírez; la Fiscal Decimonovena del Ministerio Público, Abogada Laura del Valle Moncada Sánchez, el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA ARTÌCULO 545 DE LA LOPNA; la Defensora Pública Especializada Abogada Yuly del Carmen Becerra Colmenares; y la Secretaria del Juzgado, Abogada Glenda Lisbeth Acevedo Quintero, se dictó decisión mediante la cual: PRIMERO: Impone como Medida de Aseguramiento, a favor del ciudadano imputado IDENTIDAD OMITIDA ARTÌCULO 545 DE LA LEY ORGÀNICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación de la Libertad, a saber: 1.- Presentarse por ante este Juzgado cada quince (15) días y cada vez que sea citado y requerido por el mismo. 2.- Prohibición de cambiar de domicilio sin previa autorización por parte del Tribunal; a tenor de lo establecido en los literales ".....