PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO en contra del acusado MONSALVE VERA RICHARD JOSE, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Mérida, Estado Mérida, nacido el día 27-10-1967, de 40 años de edad, comerciante, soltero, con cédula de identidad Nº V.- 10.711.000, residenciado en Kilómetro doce, Vía El Junquito, Urbanización Luis Hurtado, Calle Vista Hermosa, casa número 8, Caracas, Distrito Capital, teléfono 0414-304.00.84, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana María Evarista Sánchez Roa, así como se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público por los hechos cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral.....