Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda modificar las medidas cautelares impuestas el 21/01/2014 en la presente causa al ciudadano ,,,, a los fines del posible cumplimiento de la medida de coerción, dejando sin efecto los fiadores exigidos, manteniéndose vigentes las medidas contenidas en los numerales 3º y 5º del artículo 242 eiusdem; no obstante ´permanecerá detenido a la orden del Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, como consecuencia de la orden de captura librada en su contra. Ofíciese al referido juzgado.