Vista la transacción celebrada en fecha cinco (05) de marzo del presente año, entre el abogado en ejercicio JESÚS ALBERTO SOSA PRATO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.408.726, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.366, apoderado judicial de la parte demandante ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA EL FINANCIAMIENTO A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, (FINAMPYME, R. L.), con Acta Constitutiva y Estatutos autenticados por ante la Notaría Pública Primera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 13 y 14 de septiembre de 1999, bajo los N° 52 y 17, tomos 147 y 148, respectivamente de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, y posteriormente protocolizada por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Primer Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes, en fecha 21 de abril de 2003, bajo el N° 45, tomo 002, protocolo primero, segundo trimestre de ese año, e inscrita.....