PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de cobro de Bolívares por el procedimiento de intimación, convertido en Juicio breve, intentada por el Abogado ANTONIO ECHETO MARQUEZ, actuando como endosatario en procuración de la ciudadana MONICA MARIBEL ECHETO COLMENARES, contra la ciudadana NADIUSKA CHACON BELTRAN.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada NADIUSKA CHACON BELTRAN a pagar a la demandante ANTONIO ECHETO MARQUEZ, actuando como endosatario en procuración de la ciudadana MONICA MARIBEL ECHETO COLMENARES, las siguientes cantidades:
a) La suma de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,oo) por concepto del capital adeudado y reflejado en la letra de cambio demandada.
b) Los intereses de mora que se causen por el capital adeudado desde el vencimiento de la obligación hasta la fecha de sentencia definitivamente firme, los cuales se calcularán por el Tribunal.
C) El pago de comisión equivalente a un sexto por ciento (1/6 %) de la cantidad principal de la letra de cambio, calculado po.....