En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por concepto de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, interpuesta por el ciudadano TIRONE RUBEN PELLICER RAVELO, contra la "ASOCIACION CIVIL TAXI -ATLANTIC, A.C", anteriormente identificados. En consecuencia, se condena la entidad de trabajo "ASOCIACION CIVIL TAXI -ATLANTIC, A.C", a pagar al ciudadano demandante los montos y conceptos que por prestaciones sociales, arrojan la cantidad de CIENTO ONCE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 111.819,93) más los intereses sobre prestaciones sociales, intereses de mora y la corrección monetaria, cuyos montos se determinarán mediante una experticia complementaria del fall.....