PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano DAVID QUINTERO FLORES, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V.-9.352.840 y civilmente hábil, por reconocimiento de unión concubinaria interpuesta en contra de la ciudadana: HILDA FÁTIMA MESA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V.-13.305.467 y civilmente hábil. En consecuencia, existió entre los ciudadanos DAVID QUINTERO FLORES Y HILDA FÁTIMA MESA GARCÍA, una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició el 28 de octubre del 2010 hasta el 7 de junio del 2016.
SEGUNDO: Inscríbase esta senten.....