este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE FECHA 06 de febrero de 2024, y que guarda relación con la demanda incoada por el ciudadano JOSE MANUEL RODRIGO ARGUELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.509.868, Abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 214.603, de este domicilio y hábil, actuando en su propio nombre contra la ciudadana YHITNAN ALCHE BARRETO ACERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.037.889, por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado (venta), en consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en todas y cada una de las partes del Instrumento Privado venta objeto del presente litigio, que recae sobre
"Un inmueble consistente en una.....