DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano YOMBETH YANOSKI FEBLES, titular de la cedula de identidad N° 14.769.336, de conformidad con lo establecido en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Se ACUERDA en consecuencia, la LIBERTAD PLENA del ciudadano mencionado.
Se DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la DRA. MARIANELA AGUILERA, en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público