En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA, por cuanto la ciudadana JUANA DE DIOS CORTES NOVOA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.565.440, nacida el 24-01-1982, soltera, de profesión u oficio estudiante, residenciada en la calle Bolívar, No. 7-43, Juan Griego, Municipio Marcano del Nueva Esparta, dio cumplimiento efectivo a la condena impuesta por la Corte de Apelaciones de Este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena principal de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y DOCE (12) DÍAS DE PRISIÓN, y por tanto decreta la libertad plena y la extinción de la responsabilidad criminal respecto de dicho ciudadano, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.