DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana YERISBELL MORENO, Defensora Pública Tercera en Materia Especial de Violencia, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Vargas, en su carácter de Defensora del ciudadano JOSÉ GREGORIO PIRELA ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 24.178.955, en cuyo escrito recursivo señaló: "...de conformidad con lo establecido en el artículo 3° y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 439 del citado Código...i.....