CON LUGAR la presente solicitud y así se decide.
Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Temporal Unipersonal No. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por la ciudadana IRIS ALBA DEL SOL TARAZONA RUIZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-11.022.856. En consecuencia, la Partida de Nacimiento Nº 699 del año 2000, expedida por el Prefecto de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira perteneciente a la niña CINDY TAMARA AGUILLON TARAZONA DEBE QUEDAR RECTIFICADA, en el sentido que en donde aparezca el primer nombre de la madre ¿INES¿, debe decir ¿ IRIS¿.