el abogado defensor Luis Orlando Ramírez, verificándose la ausencia de las víctimas. En este estado solicita el derecho de palabra el abogado defensor y cedido como le fue, expuso: ¿Por cuanto en autos consta que en la Fiscalía Tercera de esta Jurisdicción existe un expediente donde se está investigando al coindiciado NERIO NELSON HERNÁNDEZ CARRERO, es por lo que con fundamento en los artículo 70, numeral 4, 71, numeral 2 y 72 todos del Código Orgánico Procesal Penal, se suspenda la continuación de este proceso hasta que lleguen las actuaciones con acto conclusivo en la causa que existe en la Fiscalía Tercera por existir conexidad de delito donde aparece relacionados con ello mi representado NERIO NELSON HERNÁNDEZ CARRERO, igualmente solicito al Tribunal que por cuanto ha transcurrido mas de dos años de estar presentándose mis defendidos, lea sea modificada la Medida Cautelar acordada y que han cumplido a cabalidad, por una menos gravosa, es todo¿ Oído lo solicitado por el abogado defe.....