Por las razones que han sido expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Género, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas MILAGROS RENGIFO RINCONES, MALISETTE CARBONELL Y JINES HERRERA, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros° 77.833, 93.950 y 81.893, en su condición de abogadas querellante de la victima niña C.C.C.J. (se omite la identidad conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) respectivamente, quienes cursan causa principal en este Circuito Judicial Penal bajo la nomenclatura WP01-R-2018-00017, en virtud de la decisión dictada en fecha 04 de Abril de 2018 por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en Funcione.....