Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016 en concordancia con la sentencia N° 136-2017, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos MAYLLERTG ANTONIO TAVIO MONASTERIO Y LISBET MARGARITA ROMERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.056.018 y V-11.636.924, respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy Estado La Guaira), en fecha 02/02/1990, asentada bajo el N°06, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la.....