Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el acusado Rocky Jesús Tellería Becerra, en consecuencia, SEGUNDO: SE REVISA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA impuesta al mencionado imputado en fecha 14-12-2006, por el Tribunal Segundo de Control Circunscripcional, debiendo presentarse una vez al mes ante la sede de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.