Por la motivación de hecho y de derecho antes expuesta, y en apego de las normas legales anteriormente indicadas, pasa este tribunal a dictar el fallo correspondiente en los siguientes términos: este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: ÚNICO: DE OFICIO LA PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso de recurso contencioso administrativo de nulidad, presentado por la C. A. de Electricidad los Andes (CADELA), hoy Corporación Eléctrica Nacional (CORPOELEC), representada por los abogados los abogados José Efraín Duarte y Yelitza Santander Valero, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los n. º 48 351 y 117 512 en su orden, en contra de la providencia administrativa n. º 72-1998, de fecha 2.2.1998, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Táchira, en la cual se declaró con .....