EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veintiuno (21) de enero de 2016, por la abogada Omaira Alarcón de Rojas, contra el auto de fecha diecisiete (17) de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha diecisiete (17) de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.TERCERO: Se CONDENA en costas procesales a la parte apelante, ciudadano Eduard Emir Porras Plata, por haber sido confirmado el fallo apelado de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.