este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos MANUEL ANGEL RODRIGUEZ MOLINA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadania No.13.265.506, y GERTRUDIS BOADA de RODRIGUEZ,colombiana, titular de la cédula de ciudadania No.37.239.653, y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en los términos señalados en la sentencia No. 693 del 02/06/2015 y Sentencia No. 1070, del 09/12/2016.
SEGUNDO:QUEDA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 31/03/1970, entre los ciudadanos antes mencionados, por ante la Prefectura del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolivar del estado Táchira, según Acta de Matrimonio No. 81.