Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: que la parte intimante ARTURO JOSE CARRARA , venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 15.025.806, tiene derecho a COBRAR LAS COSTAS PROCESALES, de las cuales fue beneficiado. Y ASI SE DECLARA.