DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Actuando en Sede Administrativa; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la medida cautelar interpuesta por el profesional derecho Carlos de Luca, en su carácter de apoderado judicial de parte demandante SOCIEDAD MERCANTIL "SERVIMAR" C.A.; en contra la Providencia Administrativa Nº 17-2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, en el expediente Nro. 036-2011-01-00747, mediante la cual declaró: CON LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de los Salarios Caídos presentada por el ciudadano ROMMEL ALEXANDER SOTO KELLIS en contra de dicha empresa.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la Procuradora General de la República, de la presente decisión, de acuerdo con lo previsto en el artículo .....