DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Primero en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCION, al joven IDENTIDAD OMITIDA, conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA, el cual fue declarado responsable penalmente por Sentencia Definitivamente firme del delito de DISTRIBUCIÒN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo el artículo 31, de la Ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, parte in fine y condenado a cumplir las Medidas de PRIVACION DE LIBERTAD, por SEIS (6) MESES y sucesivamente las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por UN (01) AÑO y SEIS (6) MESES, de conformidad con los artículos 628, 624 y 626 de la LOPNNA y en consecuencia queda fijado par.....