Con base en los razonamientos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Condena al ciudadano JOSE GREGORIO ALTUVE a cumplir la pena de Cuatro (4) Años y Quince (15) Días de Prisión por la comisión de los delitos de ROBO GENERICO A TITULO DE AUTOR y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificados en los artículos 455 y 218 del Código Penal en relación con el 88 eiusdem y el 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y Condena al ciudadano GUIDER JESUS PALACIOS a cumplir la pena de Cuatro (4) Años de Prisión por la comisión del delito ROBO GENÉRICO a titulo de COPERADOR, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en concordancia con el artículo376 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente los condena a cumplir la pena accesoria descrita en el artículo 16, numeral 1º del Código Penal.