Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: RECONOCIDO el DOCUMENTO PRIVADO, suscrito entre los ciudadanos MIRIAN JOSEFINA LUNA DE REINA, venezolana, mayor de edad, casada y titular de la cedula de identidad N° V-5.095.873 y ANTONIO MARCAL DE FREITAS, de nacionalidad portuguesa, residente en la República Bolivariana de Venezuela, mayor de edad, soltero, comerciante y titular de la cédula de identidad N° E-81.059.563., en fecha veintiocho (28) de marzo del año dos mil diecisiete (2017); y así se decide