DECLARA DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Abg. ANDRES ELOY CARNEIRO MUZIOTTI, actuando en su carácter de Defensor del ciudadano MANUEL GUILLERMO VARGAS APARICIO, contra de la sentencia publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio Circunscripcional de fecha 4 de mayo de 2009, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano antes referido, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 376, en relación con el artículo 374 numeral 1, ambos del Código Penal, ello de conformidad con la sentencia Nº 2199 de carácter vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 26/11/2007, con ponencia del Magistrado MARCO TULIO DUGARTE PADRÓN. Queda CONFIRMADA la sentencia recurrida.