DECRETA EL CESE de la Medida Cautelar al ciudadano JOSE SAUL MATA NEDA, quien es de de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 15-01-1962, de 41 años de edad, de profesión u oficio técnico Aeronáutico, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.099.539, hijo de Aida Neda (v) y Roberto Mata (v), residenciado en Calle Principal el Cojo, diagonal a la Iglesia, casa Nro. 51, Parroquia Macuto, Estado Vargas, que le fuera impuesta conforme a lo previsto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por este Tribunal en fecha 22 de Abril de de 2003, en virtud de la norma legal contenida en el artículo 315 ejúsdem.