SE HOMOLOGO EL CONVENIMIENTO Queda fijada la Obligación de Manutención a favor del niño: (xxxxxxxx), en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) mensuales, también establece un (01) bono por igual cantidad para el mes de diciembre, que cubrirán gastos relacionados con gastos decembrinos y cuando el niño comience a estudiar también le dará el bono que le corresponde, los demás gastos relacionados con ropa, zapatos, medicinas y demás gastos que se generen serán compartidos en un 50% por cada progenitor.