....este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los eventuales derechos de terceros, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos YOLIBER DEL VALLE HERNANDEZ QUEZADA, CEFERINA SIMONA HERNANDEZ QUEZADA, LARRIS RAMON HERNANDEZ QUEZADA Y JOSELLI DEL CARMEN HERNANDEZ QUEZADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.460.941, V-10.579.806, V-11.057.716 y V-12.461.019 respectivamente en su condición de hijos, respecto al De-Cujus CARLOS RAMON HERNANDEZ, quien falleció en fecha Diez (10) de Enero de dos mil nueve (2009), quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.693.313....