Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido en contra del ciudadano OVELIO ENRIQUE ESCALONA ESCALONA, fijándose el plazo del régimen de prueba por un lapso de SEIS (6) MESES debiendo cumplir con las condiciones aquí impuestas.